Así lo solicitó el fiscal federal Matías Di Lello, respecto del titular y un auditor de la Dirección de Ambiente Rural de la Municipalidad de Pergamino, por omitir controles y habilitar la fumigación en áreas próximas a la zona urbana.
El titular de la Fiscalía Federal de San Nicolás, Matías Felipe Di Lello, solicitó la elevación a juicio de la investigación seguida contra Guillermo Nicolás Naranjo y Mario Daniel Tocalini, titular y auditor de la Dirección de Ambiente Rural de la Municipalidad de Pergamino, por incumplimiento de los deberes de funcionario público, dado que -según la acusación- ignoraron la aplicación de la normativa vigente y permitieron la fumigación con agroquímicos en campos lindantes a la zona urbana.
La investigación se inició como un desprendimiento de la causa que tramita en el Juzgado Federal de San Nicolás, donde se investiga a los propietarias de los campos fumigados por contaminación ambiental de un modo peligroso para la salud, mediante la utilización de residuos calificados peligrosos, como es el caso del glifosato.
De acuerdo a la denuncia de distintas vecinas y vecinos de Pergamino, entre los años 2015 y 2019, las autoridades municipales, a través de la Dirección de Ambiente Rural, no controlaron las sustancias con las que se fumigaban los campos próximos a la zona urbana, ni la forma en que ello se hacía, lo que implicó una violación al Decreto Municipal N°8126/2014, que regula el uso y aplicación de sustancias fitosanitarias.
También denunciaron que el ingeniero agrónomo Naranjo y el veterinario Tocalini –en sus calidades de auditor y titular de la Dirección de Ambiente Rural- fueron advertidos de lo que ocurría, pero no brindaron ninguna solución, se excusaban y justificaban el accionar de los propietarios de los predios, al tiempo que nunca exhibieron las autorizaciones o documentación que habilitara las fumigaciones cuestionadas.
En base a las pruebas recolectadas durante la investigación, el fiscal Di Lello entendió que los dos hombres “no cumplieron acabadamente las funciones inherentes a su cargo, esto es, fiscalizar y controlar el correcto cumplimiento de las disposiciones de la ordenanza municipal N° 8126/14 y la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente conforme las leyes y convenios de su competencia”.
Agregó que Tocalini y Naranjo no controlaron las fumigaciones, algunas en la zona del casco urbano de Pergamino, en incumplimiento con el margen de 100 metros de exclusión dispuesto por la normativa municipal vigente.
Para el representante del Ministerio Público Fiscal “esta omisión por parte de los funcionarios, permitió espacios de discrecionalidad indebidos en una actividad que por su enorme riesgo -teniendo en cuenta que aquellas aplicaciones se realizaron a escasos metros de la zona urbana, sin receta agronómica, sin número de registro del aplicador, sin tener en cuenta las condiciones climáticas y vertido glifosato combinado con 2-4-D (producto recientemente prohibido por el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires)- debía ser objeto de un efectivo control”.