La Diputada Nacional por la provincia de Entre Ríos y perteneciente al bloque del PRO, Alicia Fregonese, realizó un pedido de informe sobre cuestiones referidos a la siembra de la variedad de trigo HB4.
A través de la Resolución 41/2020 de la Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, de fecha 07 de octubre de 2020, se autorizó la comercialización de la semilla, de los productos y subproductos derivados de ésta, provenientes del Trigo IND-ØØ412- 7, y a toda la progenie derivada de los cruzamientos de este material con cualquier trigo no modificado genéticamente, solicitada por la firma INSTITUTO DE AGROBIOTECNOLOGÍA ROSARIO S.A. (INDEAR S.A.) condicionada a que se obtenga el permiso de importación en la República Federativa del Brasil.
A pesar de que el permiso que condiciona la autorización de liberación comercial del Trigo IND-ØØ412-7 no ha sido otorgado por la República Federativa del Brasil la empresa informa el 09 de septiembre pasado que se han sembrado en la Argentina 55.000 hectáreas de trigo genéticamente modificado IND-ØØ412-7, en 350 sitios, distribuidos en 9 provincias. No resulta razonable bajo ningún punto de vista la siembra de esa superficie en lotes de escala comercial, promedio de 157 hectáreas, si el objetivo es el de ensayos técnico-científicos y de evaluación. Si el objetivo fuera el de conservar semilla a esos fines la superficie también resulta llamativamente extensa. Si el objetivo es la multiplicación de semilla llama la atención que se haga con la expectativa de generar semilla para la siembra de más de 2 millones de hectáreas( equivalente al 30% del área sembrada en 20/21) cuando su autorización comercial está restringida.
La preocupación planteada por la extensión del área sembrada en esta campaña 2021-2022 autorizada por algún organismo dependiente del MAgyP surge de una preocupación previa, que es la que genera la autorización por dicha Resolución 41/2020 de establecer como única restricción la aprobación de importación de la República Federativa del Brasil.
Sin duda el desarrollo del evento IND-ØØ412-7 es un gran logro científico tecnológico de la interacción público-privada en nuestro país, y las aprobaciones de inocuidad y ambientales que establece la CONABIA no son puestas en discusión en el presente Pedido de Informes. Sin embargo sí nos hacemos eco de las preocupaciones que la gran mayoría de actores productivos y comerciales ya han planteado oportunamente, y que no han sido atendidas en la aprobación del evento y mucho menos en autorizar para la presente campaña semejante superficie en lotes de escala comercial.
El mercado mundial del trigo alcanza las 175 millones de toneladas anuales y el de harinas a los 18 millones y los dos en su totalidad son no transgénico, condición que lo diferencia de los mercados de maíz, soja y algodón. La apertura comercial desarrollada durante la gestión 2015-2019 permitió que la Argentina expandiera sus destinos de exportación de trigo de 23 mercados en 2015 a 54 en 2019. En 2015 Brasil era el destino del 86% de nuestras exportaciones de trigo en volumen, en 2020 representó sólo el 41,6%.
La sola aprobación por parte del Estado brasileño de importación de Trigo INDØØ412-7 no implica tampoco su aprobación práctica por parte de los consumidores, por lo que nuestro país quedaría acotado a un solo destino de exportación de su trigo, que además presentaría seguramente restricciones comerciales de precios de enorme magnitud, y requisitos de segregación que no estamos en condiciones de atender sin elevados costos adicionales. Por otra parte la inexplicable aprobación efectuada podría traer como consecuencia un gran menoscabo al trigo argentino en general, como indicación de procedencia, erosionando incluso en forma directa o indirecta los importantes efectos innovadores del evento biotecnológico.
Las autoridades del MAGyP desatendieron estas preocupaciones generalizadas en la cadena productiva y comercial del trigo y ahora dan un paso más autorizando la siembra en gran escala de trigo portador del evento. No existen en el país antecedentes de autorizaciones de este volumen para un producto con restricciones comerciales. Visto los antecedentes de dificultades de estructura y presupuestarias por parte de organismos del Estado de control de diversos aspectos de la multiplicación de semillas vemos con enorme preocupación que diversas formas de escape de trigo genéticamente modificado por motivos accidentales, culposos o intencionales pueda darse a partir de la autorización otorgada para la siembra del evento en esta campaña. Los antecedentes registrados en nuestro país con alfalfa y algodón difundidos con evento no autorizados más que justifican estas preocupaciones.
Dada la creciente importancia y protagonismo del CONICET dentro del sistema de innovación nacional resulta de capital importancia obtener información y conocer los términos de la colaboración del CONICET, en especial, lo aportado por el organismo en materia de recursos humanos, fondos, equipamiento y conocimientos técnicos y propiedad intelectual previos y los beneficios del CONICET obtendrá como contrapartida de sus aportes, participación y colaboración en el desarrollo del evento.
EL PROYECTO:
Solicitar al Poder Ejecutivo, por medio del ministerio que corresponda, en los términos del artículo 100 inciso 11 de la Constitución Nacional informe sobre los siguientes puntos vinculados a la siembra de Trigo HB4.
En su presentación de fecha 09 de septiembre próximo pasado la firma Bioceres Crops Solutions Corp. Informa que se han sembrado en la Argentina 55.000 hectáreas de trigo genéticamente modificado IND-ØØ412-7, en 350 sitios, distribuidos en 9 provincias.
Visto que la Resolución 41/2020 de la Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca establece «que la firma INSTITUTO DE AGROBIOTECNOLOGÍA ROSARIO S.A. (INDEAR S.A.) deberá abstenerse de comercializar variedades de trigo con el evento INDØØ412-7, hasta tanto obtenga el permiso de importación en la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL»:
1) ¿Qué organismo ha realizado el control de cosecha, transporte y destino de la producción de las 7.000 hectáreas cosechadas de Trigo IND-ØØ412-7 en la campaña 2020-2021 y cuáles han sido las medidas de bioseguridad implementadas para evitar su difusión intencional o accidental fuera de las parcelas declaradas?
2) ¿Cuál ha sido el destino de la producción de la campaña 2020-2021?
3) ¿Porqué motivo, desde que organismo, a través de qué norma y bajo que condiciones y protocolos se ha autorizado la siembra de 55.000 hectáreas de Trigo IND-ØØ412-7 en la campaña 2021-2022? 4) ¿Qué organismo es responsable del control de siembra, de cosecha, transporte y destino de la producción de las 55.000 hectáreas sembradas de Trigo IND-ØØ412-7 en la campaña 2021-2022 y cuáles han sido las medidas de bioseguridad implementadas para evitar su difusión intencional o accidental fuera de las parcelas declaradas?
5) ¿En qué términos ha intervenido el CONICET en este desarrollo?:
A. ¿Cuál ha sido el aporte del organismo al desarrollo en (i) recursos humanos; (ii) conocimientos técnicos y prioridad intelectual ; (iii) fondos, equipos, sueldos o remuneración de investigadores, etc ?
B. ¿Cómo se ha estructurado el rol del organismo y cómo ha participado el CONICET en el proyecto: en forma directa o a través de alguna entidad relacionada (Unidad de Vinculación Tecnológica u otra entidad descentralizada y/o externa al organismo, etc)?
C. ¿Cuáles son los beneficios previstos para el CONICET y sus investigadores?
D. ¿Qué se estipuló en materia de propiedad o titularidad de la Propiedad Intelectual sobre el evento y/o variedad en la Argentina y en el exterior (especialmente, cuáles son las previsiones en este tema en relación al CONICET)?