El Lic. Luis Gazzotti analizó el aumento a las retenciones

AUTOR: Lic. Luis Ángel Gazzotti, Dp en Agronegocios.
GAZZOTTIAGRO: Administración de establecimientos agrícolas/ganaderos Junín, Bs As
Celular: 236-4327272

El Lic. Luis Gazzotti, especialista en agronegocios y titular de la empresa Gazzotti Agro de la ciudad de Junín, nos hizo un análisis del retroceso en las retenciones a la soja y el maíz y el nuevo esquema del negocio agrícola.

“Si bien el Poder Ejecutivo extendió la rebaja para el trigo y la cebada, la exclusión del maíz y la soja -los principales cultivos- genera fuerte malestar en buena parte del sector agropecuario. Es que la rentabilidad es nula en muchos casos, y directamente de quebranto en otros, especialmente para quienes están lejos de los puertos y para los productores que arriendan”, comenzó diciendo el experto juninense en agronegocios.

Además, Gazzotti explicó que “En soja, la medida desató un ritmo de ventas frenético durante los últimos días de junio. Pasamos de ventas diarias que superaban las 500.000 toneladas a apenas 30.000 una vez que subieron los derechos de exportación. Y, hacia adelante, esperamos un mercado de soja con muy pocos negocios nuevos. La venta se anticipó al cambio impositivo y hoy predomina la cautela”, detalló.

En cuanto a los detalles de la medida que retrotrajo las retenciones a la soja y el maíz, el Licenciado Gazzotti destacó que “fue a partir del Decreto 439/2025, el cual llevó la aplicación de los derechos de exportación a la soja del 26 al 33% y en el caso del maíz del 9,5 al 12%. Y en el caso del trigo y la cebada, sí se conservó la rebaja por lo que quedan en el 9,5%”, destacó Gazzotti y luego aportó que “este mantenimiento de la rebaja en el trigo ha generado mayor entusiasmo para sembrar, porque lo que no se va en impuestos, el productor lo reinvierte en siembra, tecnología y fertilizantes”, manifestó.

Y un dato no menor que destacó Luis Gazzotti: “Aunque para acceder al 9,5%, los exportadores de trigo y cebada deberán liquidar al menos el 90% de las divisas en un plazo de hasta 30 días hábiles desde la realización de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente. Este requisito puede cumplirse mediante cobros de exportaciones, anticipos de liquidación o supuestos de prefinanciación y pos-financiación externa. Hasta acá el plazo era de 15 días, aunque abarcaba a muchos más productos”, finalizó Gazzotti.

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