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Actualidad y Mercados 23 de enero de 2024 Por Redacción

Retenciones: el Gobierno da marcha atrás con las economías regionales

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Retenciones: el Gobierno da marcha atrás con las economías regionales

El nuevo proyecto contiene varias modificaciones y en el caso de las retenciones las fijó en el 0% para las producciones regionales. Eso sí, se mantienen en carne y cereales.

El gobierno nacional envió un nuevo proyecto de ley ómnibus con varias modificaciones en el texto y una buena pérdida de artículos en el camino, luego de las conversaciones que se desarrollaron el jueves pasado con los sectores de la oposición que se prestan al diálogo y debate.

Uno de los puntos centrales involucra a las retenciones. En ese sentido, el Gobierno dio marcha atrás con la intención de aplicarle el 15% a varias economías regionales y, en este nuevo proyecto, tampoco tendría la facultad de subirlas. Eso sí, el tributo se mantiene sobre

Artículos

ARTÍCULO 206.- Fíjase en un CERO POR CIENTO (0%) la alícuota de derecho de exportación para todas las mercaderías correspondientes a los complejos exportadores que se consignan en el Anexo V al presente artículo. El Poder Ejecutivo Nacional identificará las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur correspondientes a cada complejo exportador incluidos en dicho anexo.

ARTÍCULO 207.- Delégase que, en el marco de la emergencia y considerando las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, se delega en el Poder Ejecutivo Nacional, con el objeto de estimular, en virtud de las circunstancias económicas imperantes, el desarrollo de determinados sectores siempre que no se comprometa la sostenibilidad fiscal, la facultad de reducir la alícuota de los derechos de exportación de todas aquellas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), hasta el CERO POR CIENTO (0%). Las facultades a las que se refiere este artículo sólo podrán ser ejercidas previo informe técnico, debidamente fundado, del Ministerio de Economía. El Poder Ejecutivo Nacional podrá ejercer estas facultades hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.

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