La Justicia de Córdoba le dio 30 días a la AFIP para fundamentar el cobro de retenciones

El magistrado federal Ricardo Bustos Fierro resolvió darle lugar a un amparo presentado por la Sociedad Rural y su filial de Jesús María, donde se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los derechos de exportación.

La Justicia de Córdoba dio lugar a tratar un amparo que pide la inconstitucionalidad de las retenciones y le dio un plazo de 30 días a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para presentar un informe que fundamente el cobro de esta alícuotas a las exportaciones.

El planteo fue presentado, el pasado 21 de febrero, por la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Sociedad Rural de Jesús María (SRJM) ante el juez federal del Tribunal N° 1 de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro.

Los dirigentes agropecuarios sostienen que el cobro de los derechos de exportación (DEX) es ilegal hasta que el Congreso no resuelva un nuevo esquema, ya que la prórroga al Ejecutivo nacional para fijarlas venció el 31 de diciembre de 2019 y no fue renovado tras ser rechazado el Presupuesto 2022.

Por eso, la presentación de la gremial que conduce Nicolás Pino busca que el tribunal declare la “inconstitucionalidad e ilegitimidad” del cobro de los DEX con posterioridad al 1° de enero del 2022.

En su resolución, el juez admitió la acción colectiva y delimita “la clase afectada a todos los productores agropecuarios del país”. Además, ordenó al representante legal de la SRA que informe al Tribunal las diferentes formas habituales de comunicación con los miembros que integran la clase, a fin de “evaluar aquella que resulte más idónea para notificarle a éstos la tramitación de la causa”.

Además, libró un oficio dirigido “al Estado Nacional y a la Administración Federal de Ingresos Públicos a fin de que en el plazo de 30 días realice un informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fundamento de la medida impugnada por la accionante”.

Otras presentaciones judiciales sobre las retenciones, con resultado dispar

Vale recordar que, a fines de marzo, la Justicia de Río Cuarto rechazó una iniciativa similar de la Sociedad Rural de esa localidad cordobesa. En ese caso, el titular del Juzgado Federal de esa localidad cordobesa, Carlos Arturo Ochoa, negó la solicitud de la gremial, al considerar que no estaban presentes los requisitos para tramitar el caso como proceso colectivo.

En cambio, el juez federal de Tucumán, Fernando Poviña, se declaró competente días atrás para analizar un planteo sobre la inconstitucionalidad de las retenciones, que fue presentado por la Asociación Civil de Productores Agrícolas y Ganaderos del Norte (Apronor). En este caso, la entidad rural busca una “declaración de certeza”.

En ese momento, el vicepresidente de Apronor, Roberto Palomo, destacó públicamente que se trataba del primer juez que acepta tratar este reclamo, sin cuestionar la “legitimación activa” de Apronor para representar a un grupo de productores. Ahora, en Córdoba, el campo logró otra noticia favorable en su batalla legal contra estas alícuotas.

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