El Gobierno redujo las retenciones al trigo y la cebada y anunció un cronograma de baja gradual para soja, maíz, girasol y sorgo.
El presidente Javier Milei, junto al jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, firmaron este miércoles 3 el Decreto 423/2026, publicado el 3 de junio de 2026 en el Boletín Oficial, que establece una nueva reducción de los derechos de exportación para el sector agroindustrial con un esquema gradual, previsible y verificable.
Qué dice el decreto en simple
El decreto reconoce que los derechos de exportación -las retenciones-, son un impuesto distorsivo que debe eliminarse. Y establece que en la medida en que lo permita el superávit fiscal, se irán reduciendo hasta su desaparición.
Lo que baja desde junio 2026
Para el trigo y la cebada -cultivos de invierno cuya siembra está próxima-, se dispone una reducción de 2 puntos porcentuales en los derechos de exportación a partir del día siguiente a la publicación del decreto. El objetivo es fortalecer la competitividad e incentivar la siembra de la nueva campaña.
El cronograma para soja, maíz, girasol y sorgo
Para los cultivos de verano -soja, maíz, girasol y sorgo-, y sus subproductos se establece un cronograma de reducción progresiva que se desarrollará entre enero de 2027 y diciembre de 2028.
En el caso de la soja y sus derivados:
*Desde enero 2027: reducción de 0,25 puntos porcentuales por mes.
*Desde enero 2028: reducción de 0,5 puntos porcentuales por mes.
A partir de la entrada en vigor del decreto los exportadores podrán registrar Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) para embarques a partir de enero de 2027 tributando las alícuotas reducidas correspondientes. Esto permite anticipar operaciones y planificar negocios futuros bajo las nuevas condiciones sin esperar al inicio del cronograma.
El biodiésel de aceites alternativos baja al 0%
El decreto también reduce al 0% la alícuota aplicable al biodiésel elaborado a partir de aceites alternativos -cártamo, colza, carinata y camelina-, con el objetivo de promover el desarrollo de nuevas cadenas de valor vinculadas a los biocombustibles, entre ellas la producción de combustible para aviación sostenible (SAF).
El contexto
El decreto cita que las medidas anteriores -Decretos 526/25 y 877/25-, ya habían reducido en forma permanente los derechos de exportación de los complejos de soja, girasol, maíz, cebada, trigo y sorgo. Este nuevo decreto profundiza ese proceso con un cronograma que otorga certidumbre a productores, elaboradores y exportadores.
El resumen por año:
*2026: Trigo y cebada; reducción de 2 puntos porcentuales desde junio de 2026.
*2027: Soja, maíz, girasol y sorgo; inicio del cronograma de reducción gradual desde enero de 2027.
*2028: Aceleración del cronograma para soja; 0,5 puntos porcentuales por mes desde enero de 2028.
En los fundamentos de la medida, el Gobierno indica que “El sector agroindustrial constituye una de las principales fuentes de generación de divisas, de desarrollo regional y de empleo a raíz de las exportaciones” y que, por lo tanto, “resulta necesario continuar fortaleciendo el impulso exportador del sector”.
Y, remarcaron que “Esta gestión entiende a los derechos de exportación como un impuesto distorsivo que debe eliminarse y que, en la medida en que lo permita el superávit fiscal, se irán reduciendo hasta su desaparición”.

















